Consorcio: Modificación del Reglamento de Riesgos Extraordinarios |
Las modificaciones han entrado en vigor el 28/10/2011 |
|
|
El 28 de Octubre de 2011 ha entrado en vigor el Real Decreto 1386/2011 publicado en el BOE del 27/10/2011, modificando el Reglamento de Seguros Extraordinarios vigente hasta el momento (Real Decreto 300/2004)
Las modificaciones más relevantes son las siguientes:
- Definición de Vientos extraordinarios: Serán aquellos que presenten rachas que superen los 120 Km/hora. Por racha se entenderá el mayor valor de la velocidad del viento, sostenida durante un intervalo de 3 segundos.
- Criterios de delimitacion geográfica: Con el objetivo de objetivar al máximo el proceso y aumentar la seguridad jurídica el Consorcio de Compensación de Seguros facilitará a la Agencia Estatal de Meteorología cuantas mediciones ajenas a la misma reciba, o pueda recabar. AEMET colaborará en la delimitación geográfica de los eventos mediante la extrapolación con los métodos científicos más avanzados, de forma que se procure la mayor homogeneidad posible en la definición del área de afección y se evite la exclusión de puntos aislados respecto de los que exista duda razonable.
Para mayor información puede consultar - AQUI - el texto íntegro del Real Decreto 1386/2011 .
Tambien ponemos a su disposición el siguiente enlace, En el que podrá informarse de cómo proceder cuando se produce un siniestro consorciable.
|
|
Consorcio de Compensación de Seguros.
|