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Aprobada prohibición de pagos en efectivo desde 2.500 euros
Fuente: Redacción

El Gobierno de España ha puesto en marcha una serie de medidas de lucha contra el fraude entra las que se encuentra la prohibición de realizar pagos en efectivo desde 2.500 euros en operaciones en que intervenga un empresario o profesional. Esta prohibición entrará en vigo el 19/11/12.

La Ley prohíbe pagar en efectivo las operaciones por importe igual o superior a 2.500 euros en las que alguna de las partes intervinientes actúe en calidad de empresario o profesional. El lí­mite es de 15.000 euros cuando el pagador sea una persona física sin domicilio fiscal en España que no actúe como empresario o profesional.

Se entenderá por medios de pago:
a) El papel moneda y la moneda metálica, nacionales o extranjeros.
b) Los cheques bancarios al portador denominados en cualquier moneda.
c) Cualquier otro medio físico, incluidos los electrónicos, concebido para ser utilizado como medio de pago al portador
Esta limitación no resultará aplicable a los pagos e ingresos realizados en entidades de crédito.

Para el cálculo de la cuantí­a de la operación, se sumarán los importes de todas las operaciones o pagos en que se haya podido fraccionar la entrega de bienes o la prestación de servicios.

Los intervinientes en las operaciones deberán conservar los justificantes del pago durante cinco añs desde la fecha del pago. La infracción prescribe a los cinco años.

La sanción consistirá en multa del 25 por ciento de la cantidad pagada en efectivo. Tanto el pagador como el que recibe el pago responden solidariamente de la infracción. Se exonera de responsabilidad a la parte que denuncie la operación en el plazo de 3 meses desde la fecha de pago. La presentación simultánea de denuncia por ambos intervinientes no exonerará de responsabilidad a ninguno de ellos

Legislación

Legislación en vigor

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