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Cálculo del Lucro Cesante en siniestros con paralización de actividad

El Lucro Cesante es la pérdida de margen bruto que resulta de la disminución de negocio durante el periodo de indemnización y como consecuencia del acaecimiento de un siniestro.

Como Gastos permanentes podremos considerar todos aquellos gastos que siguen gravando al Asegurado aunque se paralice la actividad comercial: Ejemplos: alquiler del local, cuotas de la Seguridad Social, sueldos de los empleados, cuotas fijas de: agua, luz, teléfono, servicios de vigilancia...., IAE, impuestos que graven al local (basura,...etc), intereses de préstamos bancarios,...etc.

Como Beneficio Neto, entenderemos la ganancia neta de la explotación, resultante exclusivamente de los negocios típicos del asegurado en los locales descritos en la Póliza, con exclusión de los ingresos financieros y de cualquier resultado extraordinario, después de realizada la debida provisión para todos los gastos (permanentes o no) y sin deducción de cualquier impuesto aplicable a beneficios.

Por Margen Bruto entenderemos la suma resultante de añadir al Beneficio Neto de la explotación, los Gastos Permanentes. En caso de pédidas, se considera como Margen Bruto, la cantidad que resulte de restar al conjunto de Gastos Permanentes el Beneficio Neto negativo (pérdidas netas).

Pérdida de Beneficios

Análisis contable en Perdida de Beneficios.

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